BORRADOR PARA UNA DECLARACIÓN DE LAS OBLIGACIONES DEL HOMBRE

(Por Ramón D. Marín)

Aquellos quienes no nacimos ricos, genios, perfectos, ni de buena familia adolecemos de escasez de oportunidades que nos permitan proveernos a nosotros y nuestras familias con los medios de subsistencia, razón por la cual se hace necesario que las desigualdades propias de seres de carne y hueso sean sosegadas. Nuestro planeta es lo suficientemente generoso para suplir las necesidades de toda la población, pero dicha generosidad ha estado administrada de manera inequitativa.

La convención anti injusticia social declara que todos los seres humanos tenemos la obligación de ayudarnos unos a otros y que la totalidad de los recursos y bienes del planeta pertenecen a todos sus habitantes por igual y no más a unos y menos a otros (¿o es que unos somos menos humanos que otros?).

Para que las anteriores consideraciones se hagan efectivas, todos los seres humanos tenemos las siguientes obligaciones:

  1. Aportar los bienes materiales que sean necesarios para que todos y cada uno de los seres humanos tengamos la protección de todos los derechos contemplados en la Carta de los Derechos Humanos.

  2. Administrar de manera justa e igualitaria los bienes y recursos pertenecientes a la humanidad (y el producto de su explotación) que hayan sido puestos bajo nuestra tutela (ya fuese por elección, nombramiento, herencia o cualquier otra circunstancia), so pena de hacernos acreedores a las penas y sanciones que las leyes anti injusticia social de cada nación contemplen para el caso.

  3. Velar por la justa e igualitaria distribución de los bienes y recursos pertenecientes a la humanidad y del producto de su explotación, para que nadie, ni el habitante de la región más apartada, quedemos sin la protección de nuestros derechos de la manera que dignamente nos corresponde a todos como seres humanos.

  4. Hacer efectiva la justa e igualitaria distribución de los bienes pertenecientes a la humanidad y del producto de su explotación, cuando nos haya correspondido la función de gobernantes, administradores, líderes, etc.

  5. Promulgar las leyes que propicien y faciliten la justa e igualitaria distribución de los bienes y recursos pertenecientes a la humanidad y del producto de su explotación (cuando nos haya correspondido la función de legisladores) para que todos y cada uno de los miembros de la comunidad a la cual dichas leyes cobijan quedemos protegidos en nuestros derechos de la manera como nos corresponde a todos como seres humanos.

  6. Cumplir con todos los postulados de la Convención Anti Injusticia Social y velar por su implementación y cumplimiento para que los bienes y recursos pertenecientes a la humanidad y el producto de su explotación beneficien por igual a todas las comunidades miembros de la raza humana.

  7. Cumplir las Leyes Anti Injusticia Social de cada nación y velar por su cumplimiento para que los bienes y recursos pertenecientes a la humanidad y el producto de su explotación beneficien por igual a todas las comunidades miembros de la raza humana.

  8. Le corresponde al ente global implementar un sistema presupuestal global que asegure que los bienes y recursos pertenecientes a la humanidad y el producto de su explotación beneficien por igual a todas las comunidades miembros de la raza humana.

  9. Aportar los bienes y/o fuerza de trabajo que el ente correspondiente (nacional, regional, local) considere necesario para ayudar a una determinada comunidad en caso de calamidad.

  10. Le corresponde a cada nación implementar fondos de emergencia para casos de catástrofe y calamidad.

  11. Le corresponde al ente global asegurar la implementación y cumplimiento de todos los postulados de la Convención Anti Injusticia Social por parte de las naciones.

  12. Cada nación tiene la obligación de proveer los recursos necesarios para que todos y cada uno de los habitantes del planeta tengamos de manera real y efectiva la protección de todos los derechos contemplados en la Carta de los Derechos Humanos.

  13. Le corresponde a cada nación implementar los postulados de la Convención Anti Injusticia Social por medio de la promulgación de leyes, las cuales deben contemplar además las penas y sanciones por deshonroso desempeño en la labor de administración (o de imposición de la justa e igualitaria administración y distribución) de los bienes y recursos pertenecientes a la humanidad y en la labor de legislación en lo referente a la implementación de los postulados de la Convención Anti Injusticia Social.

  14. Se entiende por administrador todo aquel que por elección, nombramiento, herencia o cualquier otra circunstancia tenga bajo su mando el ente global, o un ente nacional, regional, local, comunitario, etc. o una compañía, institución, cooperativa, etc. (o un departamento/división de cualquiera de los anteriores).

  15. La función de imposición de la justa e igualitaria administración de los bienes pertenecientes a la humanidad le corresponde primeramente a las cabezas visibles de los entes globales, nacionales, regionales, locales, comunitarios, etc., y presidentes de compañías, instituciones, cooperativas, etc. y secundariamente a los líderes que no hayan sido nombrados de manera oficial.

Love ♥ Peace

Ramón


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